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Cartel de Masos d'en Blader
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La Urbanización Masos d'en Blader, en su parte desarrollada urbanísticamente y por tanto en el ámbito de actuación de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación (404.019 metros cuadrados), es un entorno considerado urbanisticamente como suelo urbano consolidado, altamente edificado (565 viviendas) y con todos los servicios considerados básicos (agua, energía eléctrica, alumbrado nocturno, canalización y evacuación de aguas negras) funcionando correctamente. Dichos servicios tienen las características exigibles por la normativa vigente cuando se construyó la Urbanización. Todas las construcciones fueron hechas con la correspondiente licencia municipal y dentro de las parcelas urbanas edificables resultantes tras el proceso urbanizador.

El 10 de Marzo de 2009 la Generaltat de Cataluña promulga la Ley de regularización y mejora de urbanizaciones con déficits urbanísticos y posteriormente convoca un concurso para otorgar subvenciones que faciliten a los Ayuntamientos la recepcion de tales urbanizaciones.

El 07/10/2009 el Ayuntamiento de Mont-roig del Camp, a pesar de conocer que esta Urbanización reunía los servicios básicos antes mencionados, solicita una subvención, pero no consulta para nada con los afectados, o sea la Entidad Utbanística de Conservación. que legal representante de todos los propietarios.

Los vecinos se entran por laPrensade dicha solicitud.

A laEntidad se le comunicael 15 de Diciembre 2009, dos meses más tarde.

La Generalitat de Cataluña concede una subvención de 300.000 euros. Los vecinos también se enteran por la Prensa.

Esa subvención es para desarrollar las siguientes actuaciones del Programa de Adecuación: proyecto de urbanizacion, reparcelación económica, inscripciones al Registro de la Propiedad y oficina técnica de gestión y participación.

En las semanas anteriores a las últimas elecciones de 2011, los candidatos Sr. Ferran Pellicer y la Sra. Dolores Pérez, miembros ambos de ERC, visitaron al Presidente de la Entidad para exponer la previsible actitud de la nueva Corporación (en caso de salir elegidos) con respecto a Masos, afirmando que asumirían la Urbanización tal y como está. El Sr. Pellicer pasó a ser alcalde y se olvidó de lo prometido.

La Ley de regularización y mejora de urbanizaciones, con objeto de tener en cuenta los intereses de los afectados establece que se cree una Comisión de seguimiento.

Artículo 15. Seguimiento.

1. Los ayuntamientos tienen que constituir una comisión de seguimiento para verificar el cumplimiento de los programas de adecuación.

2. Las comisiones de seguimiento a que se refiere el apartado 1 tienen que estar integradas por representantes de la Administración de la Generalidad, del ayuntamiento y de los vecinos afectados. En este sentido, tienen que velar para alcanzar la máxima participación de las personas afectadas y atender, cuando lo hagan, a la perspectiva de género.

3. La composición, el régimen de reuniones y el funcionamiento de la comisión de seguimiento se establecen por reglamento.

El día 14 de Octubre de 2010 se constituyó dicha Comisión

Nunca más se ha reunido dicha comisión ni se le ha tenido en cuenta para nada. El Ayuntamiento crea una Empresa Municipal de Obras y Urbanismo a cuyo frente pone al Sr. Matias Vives March, quien en repetidas ocasiones manifiesta que nada se hará sin la participación y el acuerdo con los propietarios.

En la Asamblea General de la Entidad, celebrada en Agosto de 2011 , tanto el Sr. Vives como el Sr. Francisco Chamizo (nuevo concejal responsable de urbanizaciones) manifiestan que llevar a cabo esas actuaciones sin contar con los propietarios sería una temeridad y nada se hará sin contar con ellos.

El 06/09/2011 el Sr. Vives comunica por email al Presidente de la Entidad haber renunciado al puesto de Gerente de la Entidad Publica de Obras y Urbanismo.

El 22/09/2011 el Ayuntamiento en Pleno acuerda la disolución de la Entidad Pública de Obras y Urbanismo.

Ante esos hechos el Presidente de la Entidad solicita una entrevista con el concejal de urbanismo, Sr. Vicente Pérez, para conocer la actitud política de la nueva Corporación con respecto a Masos, rogándole que le recibiera en el mes de Septiembre porque a partir de Octubre estaría ausente. Finalmente se le cita para el 24 de Octubre.

A la entrevista concertada para el 24 de Octubre no acude dicho regidor y solo se presentan el abogado y el arquitecto municipal. Nada pueden decirnos de la actitud política de la Corporación respecto a Masos y se limitan a informarnos que ya han recibido oficialmente la documentación del Proyecto de Urbanización pero que la Corporación no ha considerado conveniente que fuese analizado antes por la Comisión de Seguimiento, pero ni nos dejan ver esa documentación ni nos facilitan copia alguna.

Más información sobre el Proyecto de Urbanización

aquí

Sobre el Proyecto de Reparcelación, surge la gran sorpresa cuando al consultar el Boletín Oficial de Tarragona se comprueba que en su edición del 23 de Febrero publica su aprobación inicial acordada por el Ayuntamiento el 8 de Febrero del mismo año. Ninguna información había sido transmitida a la Entidad hasta esa fecha, ni se ha convocado la Comisión de Seguimiento creada al efecto.

Contra esa aprobación la Entidad ha presentado alegaciones el 17/03/2012 y ha sugerido a todos los propietarios que aleguen a nivel personal publicando en nuestra página WEB algunos modelos de alegación Modelos de alegación

Se han presentado ya multitud de alegaciones que aún no han sido resueltas.

Aún no se ha producido la aprobación definitiva que es la de consecuencias más graves para los intereses económicos de los propietarios, porque es donde se define quien pagará la realización de las obras contempladas en el proyecto y el importe individualizado por cada propiedad, y además es la que permitiría al Ayuntamiento inscribir en el Registro de la Propiedad una carga económica equivalente a ese importe individualizado.

Esa reparcelación llamada "económica" consiste en aportar a la reparcelación las fincas actuales (que están ya parceladas de hecho y edificadas en su mayoría) tal y como están, y se reciben de nuevo tal y como están, pero con un gravamen económico inscrito inicialmente en el Registro de la Propiedad y repercutido a cada propietario.

De producirse esa aprobación sin resolver las alegaciones o desestimandolas, recurriremos a los Tribunales de nuevo.

Aquí puede consultarse una tabla de pagos donde cada propietario podrá ver como le afectaría la aprobación definitiva.